° Con excepción de los recursos para las universidades y los del Instituto Colombiano de Construcciones Escolares - ICCE, todos los recursos de la Nación destinados a educación, también los de los establecimientos públicos del sector que deban ser transferidos a los Departamentos, Intendencias, Comisarías, al Distrito Especial de Bogotá y a los demás Municipios del país, serán transferidos y manejados a través de las Tesorería de los F.E.R. Las entidades nacionales del sector celebrarán con los F.E.R los contratos de administración y manejo descentralizado correspondientes.
Artículo 9
Con Excepción De Los Recursos Para Las Universidades Y Los Del Instituto Colombiano De Construcciones Escolares - Icce, Todos Los Recursos De La Nación Destinados A Educación, También Los De Los Establecimientos Públicos Del Sector Que Deban Ser Transferidos A Los Departamentos, Intendencias, Comisarías, Al Distrito Especial De Bogotá Y A Los Demás Municipios Del País, Serán Transferidos Y Manejados A Través De Las Tesorería De Los F
Decreto 102 de 1976 · Por el cual se descentraliza la administración de los planteles nacionales de educación y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.