Micelio

Artículo 9

Ley 48 de 1962 · Por la cual se fijan unas asignaciones, se aclara la Ley 172 de 1959, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los efectos del artículo 29 de la ley 6ª de 1945, los lapsos o períodos de tiempo en que se hayan devengado asignaciones por servicios prestados a la nación, en el ejercicio del cargo del Senador o de Representante; a los Departamentos, en el de Diputados a la Asamblea, se acumularán a los lapsos de servicio oficial o semioficial.

Para los efectos de la jubilación precedente, los períodos de sesiones ordinarias o extraordinarias del Congreso y de Asambleas en cada legislatura anual se equipararán a doce (12) meses de un año de calendario, o, proporcionalmente al tiempo servido en el Congreso o Asamblea en la respectiva legislatura.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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