Retención En La Fuente Por Servicios De Radio, Prensa Y Televisión
Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Retención en la fuente por servicios de radio, prensa y televisión. La retención por servicios de radio, prensa y televisión no se regirán por lo previsto en el Decreto 2026 de 1983.
(Artículo 4°, Decreto 2775 de 1983. Derogado parcial y tácitamente por artículo 5° del Decreto 260 de 2001)
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.