Documento de evaluación y gestión del riesgo . La elaboración del documento de evaluación y gestión del riesgo será desarrollado de la siguiente manera: En el caso de -OVM- de uso exclusivamente agrícola, pecuario, pesquero, plantaciones comerciales, forestales y agroindustriales, estará a cargo del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA. Para el caso de -OVM- de uso exclusivo en salud o alimentación humana y/o ambiental, será elaborado por el solicitante o interesado. El documento deberá contener
Resumen del Documento de Evaluación y Gestión del Riesgo;
Información sobre el organismo receptor o parental incluyendo: Biología; fisiología y estrategias reproductivas; hábitat; ecología, dentro de la cual se incluyen centros de origen y centros de diversidad genética; clasificación taxonómica;
Información sobre el organismo donante, situación taxonómica y características biológicas;
Inserto y características de la modificación;
En el caso de utilizar vectores, información sobre sus características, origen y área de distribución de sus huéspedes;
Información sobre uso previsto del Organismo Vivo Modificado, OVM, e información sobre usos del organismo, autorizados en el país de procedencia o en otros países;
Ubicación y características geográficas, climáticas y ecológicas, incluida información pertinente sobre la diversidad biológica y los centros de origen del medio receptor.
Tratándose de movimientos transfronterizos que no requieren Acuerdo Fundamentado Previo y de tránsito de Organismos Vivos Modificados, OVM, los términos serán los establecidos en el artículo 6º de la Ley 740 de 2002. CAPITULO VI Comités Técnicos Nacionales de Bioseguridad