º El período de los representantes de los afiliados en la Junta de la Caja será de un año, contado a partir de la designación, pero continuarán en ejercicio de sus cargos mientras no sean reemplazados.
Decreto 256 de 1964 →Vigente
Artículo 4
El Período De Los Representantes De Los Afiliados En La Junta De La Caja Será De Un Año, Contado A Partir De La Designación, Pero Continuarán En Ejercicio De Sus Cargos Mientras No Sean Reemplazados
Decreto 256 de 1964 · por el cual se reglamenta la escogencia de representantes de los afiliados en la Junta Directiva de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.