Facultades de los miembros . En desarrollo de la actividad de administración de valores, los miembros de las bolsas de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales o de otros commodities, sólo están facultados para ejercer en nombre y por cuenta de su mandante y siempre que cuenten con la autorización expresa del mismo, las actividades que se mencionan a continuación
Realizar el cobro de los rendimientos.
Realizar el cobro del capital.
Reinvertir las sumas que por capital o rendimientos llegue a cobrar de acuerdo con las instrucciones que para cada caso particular imparta el cliente, las cuales deben tener el correspondiente soporte escrito.
Valorar a precios de mercado los valores recibidos en administración.
Los miembros de las bolsas de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales o de otros commodities deberán informar al cliente sobre las facultades de que trata el presente artículo, para que este pueda efectuar las correspondientes reservas o impartir las instrucciones que estime procedentes, de lo cual dejará la respectiva constancia.