Micelio

Artículo 1

De La Ley Antes Mencionada, Incurrirá En La Misma Sanción De Multas Hasta Por $2

Decreto 1256 de 1960 · Por el cual se reglamenta la Ley 15 de 1958

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. El patrono que celebre contratos de trabajo con violación de lo dispuesto en el

Parágrafo 1

del articulo 1º de la Ley antes mencionada, incurrirá en la misma sanción de multas hasta por $2.000.00, sin perjuicio de los derechos del trabajador contratado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1256 de 1960