Micelio

Artículo 20

Del Jefe Del Grupo De Información Y Registros Asistenciales De Las Unidades Programáticas Locales De Naturaleza Especial

Decreto 574 de 1979 · Por el cual se aprueba un Acuerdo de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del Jefe del Grupo de Información y Registros Asistenciales de las Unidades Programáticas Locales de Naturaleza Especial. Son requisitos para desempeñar el cargo de Jefe del Grupo de Información y Registros Asistenciales Clase II: - Diploma de bachiller. - Certificado de técnico en estadística. - 1 año de experiencia como técnico certificado en el desempeño de funciones relacionadas con el cargo. DISPOSICIONES GENERALES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 574 de 1979