Derogado.
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LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.2.1.4.9.Carga Inicial de Información. El Sistema Único Nacional de Información y Rastreo (SUNIR) obtendrá la información de las bases de datos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), los sujetos pasivos responsables del impuesto al consumo, la Federación Nacional de Departamentos, los departamentos, el Distrito Capital, a través de mecanismos y procedimientos que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) determine.
(Artículo 9°, Decreto 602 de 2013)
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