Micelio

Artículo 1

Derogado

Ley 22 de 1965 · por el cual se incorpora a la Red Nacional de Carreteras la vía Porcecito-Zaragoza-Caucasia, y se decreta la ampliación, rectificación y pavimentación de otras vías en Antioquia y el Chocó.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Incorpórase a la Red Nacional de Carreteras, y con carácter de troncal, la vía que partiendo en el Departamento de Antioquia, de Porcecito, por la orilla del río Porce y siguiendo su curso hacia abajo, pasa por Zaragoza y de allí va a Caucasia, donde ha de empalmar con la troncal occidental. El Gobierno, por conducto del Ministerio de Obras Públicas, procederá, inmediatamente, a realizar los correspondientes estudios técnicos, y emprenderá sin demora ni interrupción la construcción de los sectores que vayan siendo estudiados. Vigente desde: 24/09/1965 y hasta el: 02/03/2021

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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