Micelio

Artículo 1

º

Decreto 4644 de 2005 · por el cual se modifica el artículo 27 del Decreto 2200 de 2005.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Modificase el artículo 27 del Decreto 2200 de 2005, el cual quedará así: "Artículo 27. Transitorio. Las entidades, establecimientos farmacéuticos y personas a las cuales se les aplica el presente decreto contarán con doce (12) meses, a partir de la entrada en vigencia del presente decreto para adecuarse a las disposiciones contenidas en esta norma".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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