Micelio

Artículo 56

Se Consideran Para Efectos Del Artículo Anterior Faltas De Índole Ética: A) Rendir Dictamen Pericial Contra El Cual Prospere Objeciones Por Dolo, Cohecho O Seducción

Decreto 717 de 1974 · Por el cual se organiza la Carrera Notarial y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se consideran para efectos del artículo anterior faltas de índole ética

a)

Rendir dictamen pericial contra el cual prospere objeciones por dolo, cohecho o seducción.

b)

No rendir oportunamente cuenta de su gestión o utilizar los bienes que se le hayan confiado en provecho propio o de un tercero;

c)

Convenir honorarios con las partes o solicitar o recibir pago de ellas con anterioridad a la fijación judicial o por sobre el valor de esta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 717 de 1974