º Siempre que un miembro de la Junta tenga derecho a hacerse representar por un delegado, este debe ser designado por escrito en forma permanente o para cada oportunidad. Conferido una delegación en forma permanente o sin expresión de término, se entenderá subsistente mientras no medie orden en contrario. Las delegaciones se archivarán en legajo especial numerado y rubricado en la secretaría de la junta. Por ningún motivo podrán actuar a un mismo tiempo el delegado y el titular. La presencia de éste en una reunión de la junta, excluye automáticamente la de aquel.
Decreto 2621 de 1979 →Vigente
Artículo 2
Siempre Que Un Miembro De La Junta Tenga Derecho A Hacerse Representar Por Un Delegado, Este Debe Ser Designado Por Escrito En Forma Permanente O Para Cada Oportunidad
Decreto 2621 de 1979 · Por el caul se reglamenta parcialmente el Decreto extraordinario 2277 de 1979 en relación con la integración y funcionamiento de las Juntas y de las Oficinas Seccionales del Escalafón Nacional Docente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.