°. Vigencias y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y suprime los artículos 2.2.7.4.7., 2.2.7.7.15., 2.2.11.5.1 y el
del artículo 2.2.8.3.1. del Decreto 1084 de 2015 y modifica en lo pertinente los artículos 2.2.6.5.2.7, 2.2.6.5.2.8., 2.2.6.5.4.6., 2.2.6.6.2., 2.2.7.6.19, 2.4.2.11. y 2.4.3.3.3.1 del Decreto 1084 de 2015.