Micelio

Artículo 54

La Exención De Los Trámites De Legalización De Los Documentos Necesarios Para La Aplicación Del Convenio Se Aplicará Exclusivamente A Los Originados Oficialmente En Las Instituciones De Seguridad Social En Los Países Miembros Y A Los Que Fueren Presentados Por Los Interesados Ante Una De Esas Instituciones, Siempre Que En Otro Caso Sean Enviados En La Correspondencia Oficial De La Institución Remitente De Los Documentos

Decreto 223 de 1981 · Por el cual se incorpora al ordenamiento jurídico nacional el reglamento del instrumento andino de seguridad social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La exención de los trámites de legalización de los documentos necesarios para la aplicación del convenio se aplicará exclusivamente a los originados oficialmente en las instituciones de seguridad social en los Países Miembros y a los que fueren presentados por los interesados ante una de esas instituciones, siempre que en otro caso sean enviados en la correspondencia oficial de la institución remitente de los documentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 223 de 1981