Micelio

Artículo 1

Desde La Fecha Del Presente Decreto, Regirán Los Siguientes Sueldos, Para Los Empleados Que A Continuación Se Expresan, En La Sección Primera Del Ferrocarril Central Del Norte: Gerente $ 500 Mensuales

Decreto 820 de 1924 · Por el cual se fijan las asignaciones de algunos empleados de la Sección primera del Ferrocarril Central del Norte, y se hace un nombramiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Desde la fecha del presente Decreto, regirán los siguientes sueldos, para los empleados que a continuación se expresan, en la Sección primera del Ferrocarril Central del Norte: Gerente $ 500 mensuales. Ingeniero Jefe 500 Almacenista 250 Cajero Pagador 250

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 820 de 1924