º Por el Ministerio de Correos y Telégrafos, se fijarán los trayectos y asignaciones de los Guardas, de acuerdo con las necesidades del servicio, obrando dentro de las partidas correspondientes. Tanto para las Secciones anteriores como para las demás existentes que lo requieran.
Decreto 1841 de 1924 →Vigente
Artículo 4
Por El Ministerio De Correos Y Telégrafos, Se Fijarán Los Trayectos Y Asignaciones De Los Guardas, De Acuerdo Con Las Necesidades Del Servicio, Obrando Dentro De Las Partidas Correspondientes
Decreto 1841 de 1924 · Por el cual se crean algunas Secciones de conservación y de construcción de líneas telegráficas en la República y se modifican otras
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.