Los Cabos De Guardas Serán Los Agentes Inmediatos De Los Inspectores Generales Para Lo Relacionado Con La Vigilancia Y Conservación De Las Líneas, Y Tienen Los Deberes Siguientes: Recorrer Mensualmente Por Lo Menos Diez Trayectos De Líneas, Con El Fin De Corregir Los Defectos En Asocio De Los Guardas Y Anotar Las Necesidades Que Impliquen Gastos Imprescindibles Para Que El Inspector General Proponga Lo Conveniente; Cuidar De Que La Portería Esté Correctamente Numerada; Intervenir En Las Construcciones Que Se Ejecuten En La Respectiva Zona; Examinar Las Baterías De Las Oficinas, E Instruir A Los Guardas Sobre Su Montaje Y Conservación, Y En General, Cumplir Todas Las Órdenes Que Sobre Servicio Imparta El Inspector
Decreto 1048 de 1931 · POR EL CUAL SE REGLAMENTAN LAS FUNCIONES DE LOS INSPECTORES GENERALES DE LOS INSPECTORES GENERALES DE ZONAS TELEGRAFICAS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, EN DESARROLLO DEL DECRETO NUMERO 1030 (13 JUNIO DE 1931).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Los Cabos de Guardas serán los agentes inmediatos de los Inspectores Generales para lo relacionado con la vigilancia y conservación de las líneas, y tienen los deberes siguientes: recorrer mensualmente por lo menos diez trayectos de líneas, con el fin de corregir los defectos en asocio de los Guardas y anotar las necesidades que impliquen gastos imprescindibles para que el Inspector General proponga lo conveniente; cuidar de que la portería esté correctamente numerada; intervenir en las construcciones que se ejecuten en la respectiva zona; examinar las baterías de las oficinas, e instruir a los Guardas sobre su montaje y conservación, y en general, cumplir todas las órdenes que sobre servicio imparta el Inspector.
Parágrafo
Las residencias de los Cabos de Guardas las fijarán los Inspectores según las necesidades de la zona.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.