En todo momento y una vez registradas las anotaciones en el RADIAN, los sujetos autorizados y demás sujetos que intervienen en el mismo, cuando sea del caso, podrán consultar la existencia, contenido y trazabilidad de la factura electrónica de venta-título valor, garantizando la reserva de los datos, según corresponda.
Es obligación del usuario del registro, mantener actualizada la información en el RADIAN.
Tratándose de solicitud efectuada por autoridad competente, el administrador del registro, previo requerimiento, pondrá a su disposición la factura electrónica de venta-título valor y los eventos derivados de ella para su consulta, atendiendo a las reservas de ley.