Micelio

Artículo 15

Decreto 3268 de 1953 · Por el cual se promulga la Convención por medio de la cual se reglamenta el tráfico auto-motor interamericano, abierta a la firma de todos los países americanos, en la Unión Panamericana, desde el 15 de diciembre de 1943

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cada Estado podrá establecer las formalidades que esteme necesarias para registrar el paso de vehículos y conductores admitidos al tráfico internacional, al entrar y al salir de su territorio. Tales regístros, si se llevan, deberán incluir anotaciones al efecto de que el vehículo ha cuplido con las disposiciones de los artículos X y XI.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3268 de 1953