Art. 4.° Señálase para gastos de local i escritorio de los Ajentes principales de la cantidad anual de doscientos cincuenta i dos pesos, que se distribuirá por iguales partes entre los tres que se establecen ; y para gastos de escritorio de los Comisionados, la de ciento veinticuatro pesos, visible entre ellos por igual.
Decreto 456 de 1879 →Vigente
Artículo 4
Decreto 456 de 1879 · Sobre establecimiento de Ajentes principales i Comisionados visitadores de oficinas de Bienes desamortizados
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.