º . Otros agentes de retención en la fuente sobre ingresos de tarjetas de crédito y/o débito . Cuando los pagos o abonos en cuenta susceptibles de constituir ingreso tributario a favor de las personas o establecimientos afiliados a los sistemas de tarjetas de crédito o débito, se realicen por intermedio de las entidades adquirentes o pagadoras, la retención en la fuente deberá ser practicada por dichas entidades conforme a la tarifa, base. y, demás condiciones previstas por el artículo 17 del Decreto 406 de 2001.
Decreto 556 de 2001 →Vigente
Artículo 1
Decreto 556 de 2001 · por medio del cual se reglamentan parcialmente la Ley 633 de 2000 y el Estatuto Tributario.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.