Micelio

Artículo 22

Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Guacavía-Restrepo (Meta), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1371

Decreto 915 de 1954 · Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de las Escuelas Complementarias (Vocacionales) Agrícolas y Cursos Pilotos para Campesinos Adultos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Guacavía-Restrepo (Meta), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1371. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 320.00 320.00 Profesor Cursos Campesinos 300.00 300.00 Profesor Habilitado 280.00 280.00 Mayordomo Herramientero 130.00 130.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos, (Director, Mayordomo y servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.270.00 21.920.00

b)

Capítulo 93 , artículo 1372 . Becas, restaurante y varios. Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta y cinco becados internos a $ 50.00 cada uno 1.750.00 17.500.00 Para sostenimiento de restaurante 180.00 1.800.00 Mensual Total Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes, imprevistos y demás gastos $ 200.00 2:400.00 Sumas $ 2.130.00 21.700.00

c)

Capítulo 93, artículo 1373. Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, anímales, de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 373.00 3.730.00 De los Cursos Campesinos. Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, fungicidas, animales de transporte, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 600.00 6.000.00 Sumas $ 973.00 9.730.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 915 de 1954