La Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República podrá realizar recomendaciones a las oficinas de Control Disciplinario Interno del orden nacional y territorial relacionadas con modalidades de corrupción, sobre metodologías de investigación disciplinaria y podrá solicitar información.
Así mismo, la Secretaría de Transparencia de la República alertará a las Oficinas de Control Disciplinario Interno del orden nacional y territorial sobre aquellas situaciones que denoten posibles riesgos de corrupción con el fin de que focalicen el ejercicio de sus funciones. Esta competencia de la Secretaría podrá ejercerse de oficio o a petición de parte.
El ejercicio de las actividades de acompañamiento no implica el desplazamiento de las competencias asignadas por la ley a las Oficinas de Control Disciplinario Interno del orden nacional y territorial, ni podrán afectar su autonomía e independencia.