Micelio

Artículo 14

Oficina De Registro

Decreto 2724 de 1993 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y se determinan sus funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Oficina de Registro. Conforme a las políticas e instrucciones del Director General, son funciones de la Oficina de Registro, para ejercerlas directamente o a través de sus divisiones, las siguientes

1.

Estudiar y analizar los esquemas de registro y requisitos de inscripción y expedición de licencias y autorizaciones, y buscar mecanismos de simplificación y eficiencia para garantizar el adecuado cumplimiento de las normas sobre la materia.

2.

Llevar los registros nacionales de las matrículas, licencias y autorizaciones otorgadas en materia aeronáutica, mantener actualizado el nivel regional, suministrar la información requerida y expedir certificaciones cuando sea el caso.

3.

Llevar el registro de la propiedad y gravámenes de conformidad con las normas del Código de Comercio, respecto a las aeronaves.

4.

Recibir y administrar las garantías que con ocasión de matrícula, inscripción, licencia o autorizaciones deban cumplirse.

5.

Las demás que le sean asignadas o delegadas por el Director Regional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2724 de 1993