Multa. La multa consiste en imponer al infractor el descuento de una suma de dinero que no podrá ser inferior a un (1) día de sueldo básico, ni exceder de quince (15). El descuento se hará efectivo por la pagaduría de la respectiva unidad, en favor del Instituto de Seguridad Social y Bienestar para la Policía Nacional.
Mientras se organiza y entra en funcionamiento el Instituto de Seguridad Social y Bienestar para la Policía Nacional, el descuento por multas se continuará consignando a favor del Bienestar Social de la Policía Nacional.