Micelio

Artículo 28

Utilización De Sistemas Electrónicos De Archivos Y Transmisión De Datos

Decreto 992 de 1996 · por el cual se reglamenta el capítulo IV del Decreto Extraordinario 2150 de 1995.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Utilización de sistemas electrónicos de archivos y transmisión de datos . Los curadores urbanos deberán habilitar sistemas de transmisión electrónica de datos para que los usuarios envíen o reciban la información requerida en sus actuaciones frente a las materias objeto de la curaduría. En ningún caso las entidades públicas podrán limitar el uso de tecnologías para el archivo documental por parte los particulares, sin perjuicio de las normas tecnológicas que las curadurías urbanas adopten para el cumplimiento de algunas de las obligaciones legales a cargo de los particulares. Las oficinas de planeación municipales y distritales, al momento de convocar el concurso, establecerán las exigencias mínimas que deben cumplir las curadurías en cuanto a tecnología, equipos de cómputo y recursos humanos interdisciplinarios que debe tener la oficina para el cumplimiento de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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