Micelio

Artículo 3

Del 1° De Enero De 1935 En Adelante Quedan Suprimidos Los Siguientes Consulados Ad Honórem: Matanzas,(Cuba), Southbend Y Pasadena (Estados Unidos), Saint Thomas (Islas Vírgenes), Manzanillo, Mérida, Monterrey Y Nueva Laredo (México), Colonia Y Elberfeld (Alemania), Ciudadela Y Gijón (España), Biarritz, Cognac, Montpellier, Niza, Tolón, Tours Y Chatel Guyon (Francia) Y Parma (Italia)

Decreto 2190 de 1934 · Por el cual se suprimen varios Consulados remunerados, ad honorem y algunos cargos remunerados y ad honorem en el servicio consular de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Del 1° de enero de 1935 en adelante quedan suprimidos los siguientes Consulados ad honórem: Matanzas,(Cuba), Southbend y Pasadena (Estados Unidos), Saint Thomas (Islas Vírgenes), Manzanillo, Mérida, Monterrey y Nueva Laredo (México), Colonia y Elberfeld (Alemania), Ciudadela y Gijón (España), Biarritz, Cognac, Montpellier, Niza, Tolón, Tours y Chatel Guyon (Francia) y Parma (Italia).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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