Micelio

Artículo 14

Ley 102 de 1936 · Por la cual se dan unas autorizaciones al Gobierno sobre construcción y arreglo de prisiones, se dictan otras disposiciones en el mismo ramo, se provee a facilitar la adquisición de cédulas hipotecarias por los establecimientos bancarios y se abre un crédito adicional al presupuesto de gastos de la actual vigencia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Poder Ejecutivo para organizar la administración y recaudación de las rentas e impuestos nacionales; para fijar la jurisdicción y funciones de los empleados públicos que hayan de intervenir en tales actividades; para señalar el personal, sus asignaciones y honorarios dentro de las partidas globales incluidas en el Presupuesto vigente; para establecer sanciones en los casos de contravención a las disposiciones reglamentarias que dicte, y, en general, para dictar las medidas que estime convenientes en orden a hacer eficaz la administración y recaudación de los impuestos y rentas nacionales.

De esta autorización hará uso el Poder Ejecutivo hasta el 31 de diciembre del corriente año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 102 de 1936