Abrese al Presupuesto de Gastos para la vigencia de 1881 a 1882, por la diferencia entre-el producido del impuesto fluvial del Magdalena, $ 120,753-35, y lo votado para la mejora constante del cauce del mismo, $ 40,000, el siguiente crédito suplemental:
servicio de 1881 a 1882.
Departamento de Fomento.
Cap. 82. Gastos varios.
Art. 321. Gastos do carácter general.
Art. 6°. Para el mejoramiento constante del cauce del río Magdalena desde Barranquilla hasta Caracolí (artículo 4.° de la ley 61 de 1878), $ 80,753-35.