Micelio

Artículo 4

Para Garantizar El Cumplimiento De Las Providencias Que Dicte La Corporación, En Relación Con El Uso De Las Aguas, Ésta Podrá Organizar Y Utilizar El Servicio De Vigilancia De Que Trata El Decreto Número 891 De 1942

Decreto 1810 de 1961 · Por el cual se reglamentan los artículos 4°, ordinal d), y 5° de la Ley 3ª de 1961, sobre creación de la Corporación Autónoma Regional de la Sabana de Bogotá y de los Valles de Ubaté y Chiquinquirá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Para garantizar el cumplimiento de las providencias que dicte la Corporación, en relación con el uso de las aguas, ésta podrá organizar y utilizar el servicio de vigilancia de que trata el Decreto número 891 de 1942. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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