Micelio

Artículo 22

Bienes Complementarios Exonerados Del Iva

Decreto 380 de 1996 · por el cual se reglamenta parcialmente la ley 223 de 1995.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Bienes complementarios exonerados del IVA. Para efectos de la exoneración del impuesto sobre las ventas, prevista en el artículo 279 de la Ley 223 de 1995, el beneficio se extiende a los elementos o bienes de carácter visual, audiovisual o sonoro que se enajenen en un único empaque con las publicaciones periódicas, revistas y libros de carácter científico o cultural, siempre y cuando sean necesarios para ilustrar, explicar o ampliar el contenido ideológico del texto escrito. En caso contrario, dichos elementos son gravados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 380 de 1996