º El subsidio familiar de vivienda de que trata la Ley 03 de 1991, se otorgará a los hogares que carecen de recursos suficientes para obtener una solución de vivienda de interés social, que cumplan con las condiciones que se señalan en la ley, en el presente Decreto y en las reglamentaciones que expida la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana - Inurbe -, y la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, para soluciones de vivienda rural.
Artículo 1
º El Subsidio Familiar De Vivienda De Que Trata La Ley 03 De 1991, Se Otorgará A Los Hogares Que Carecen De Recursos Suficientes Para Obtener Una Solución De Vivienda De Interés Social, Que Cumplan Con Las Condiciones Que Se Señalan En La Ley, En El Presente Decreto Y En Las Reglamentaciones Que Expida La Junta Directiva Del Instituto Nacional De Vivienda De Interés Social Y Reforma Urbana - Inurbe -, Y La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero, Para Soluciones De Vivienda Rural
Decreto 599 de 1991 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley número 3 de 1991.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.