Micelio

Artículo 3

º Autorizar Al Director General Del Instituto Colombiano Para El Fomento De La Educación Superior, Icfes, Para Que A Través De Una O Varias Instituciones De Educación Superior Que Ofrezcan Programas Académico En Sistemas Y En La Modalidad De Formación Técnica Profesional, Se Realicen Los Exámenes De Estado Que Conduzcan A La Verificación De Conocimientos Y Destreza Para La Expedición De Títulos A Los Egresados, O Para Verificar Los Conocimiento Adquiridos Por Los Estudiantes Para Establecer El Nivel Académico Que Les Permita Continuar O Terminar Validamente Sus Estudios De Educación Superior, Con Fundamento En El Artículo 172 Del Decreto-Ley 80 De 1980

Decreto 1454 de 1987 · por el cual se autoriza la práctica de unos exámenes de Estado y el otorgamiento de títulos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Autorizar al Director General del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, para que a través de una o varias instituciones de educación superior que ofrezcan programas académico en Sistemas y en la modalidad de formación técnica profesional, se realicen los exámenes de Estado que conduzcan a la verificación de conocimientos y destreza para la expedición de títulos a los egresados, o para verificar los conocimiento adquiridos por los estudiantes para establecer el nivel académico que les permita continuar o terminar validamente sus estudios de educación superior, con fundamento en el artículo 172 del Decreto-ley 80 de 1980.

Parágrafo

El Director General del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, podrá convenir con las entidades de educación superior seleccionadas, los procedimiento y fechas para la práctica de los exámenes de Estado ordenados en el artículo primero del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1454 de 1987