Los laboratorios farmacéuticos que fabriquen medicamentos de control especial o los precursores utilizados en su fabricación, deben ceñirse a la reglamentación que expida el Ministerio de Salud; en todo caso deben ajustarse a los siguientes requisitos
Adquirir la materia prima en o a través del Fondo Rotatorio de Estupefacientes del Ministerio de Salud, previa inscripción en esta dependencia y cancelación de los derechos correspondientes.
Enviar la solicitud firmada por el Director Técnico del laboratorio.
Informar por escrito al Fondo de Estupefacientes del Ministerio de Salud, con la antelación que allí se prevea, acerca de la fecha de la transformación para que un funcionario de allí pueda presenciarla, si se considera conveniente.