Micelio

Artículo 4

Quienes En Lugar Público O Abierto Al Público Escriben O Coloquen Leyendas O Dibujos Ultrajantes O Inciten A Quebrantar La Ley O A Desobedecer La Autoridad Incurrirán En Arresto De 1 A 30 Días

Decreto 1533 de 1975 · Por el cual se dictan medidas concernientes a la preservación del orden público y a su restablecimiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Quienes en lugar público o abierto al público escriben o coloquen leyendas o dibujos ultrajantes o inciten a quebrantar la ley o a desobedecer la autoridad incurrirán en arresto de 1 a 30 días.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1533 de 1975