Modificación del artículo 2.5.3.3.4.1.2 del Decreto número 1075 de 2015.
Modifíquese el artículo 2.5.3.3.4.1.2 del Decreto número 1075 de 2015, el cual quedará así:
Artículo 2.5.3.3.4.1.2 Ámbito de aplicación. La presente sección se aplicará a las personas naturales o jurídicas declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios que realicen donaciones a programas de becas que cumplan con los requisitos establecidos en la ley y en la presente sección.
De igual forma, se aplicará en lo pertinente a las instituciones de educación superior que presenten a consideración del Ministerio de Educación Nacional los programas de becas de que trata el artículo 256 del Estatuto Tributario.
Por último, aplicará al Icetex como entidad competente para canalizar y administrar recursos propios o de terceros que estén destinados al fomento de la educación superior, según lo establecido en los artículos 277 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y 2 de la Ley 1002 de 2005