Artículo primero. Las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, para sueldos del personal, jornales a obreros, alimentación de Profesores y personal administrativo, alimentación de alumnas becadas y restaurante de la Escuela-Hogar para Campesinas de La Cumbre, en el presente año, se distribuyen así: CAPITULO 390. Artículo 4056, ordinal 36. Sueldos en doce meses: enero a diciembre: Rectora III $ 640.00 7.630.00 Pagadora II-Secretaria 400.00 4.800.00 Profesora de Cursos Campesinos 490.00 5.880.00 Profesora de Cultura General 400.00 4.800.00 2 Profesoras de Artes y Oficios, II, a $ 310.00 cada una 620.00 7.440.00 Profesora Auxiliar de Enfermería II 350.00 4.200.00 Profesorado Externo, a razón de $ 5.00 la hora de clase 200.00 2.400.00 Mayordomo-Herramientero 200.00 2.400.00 Servicio Doméstico (nombramiento de la Rectora) 50.00 600.00 $ 3.350.00 40.200.00 CAPITULO 390. Artículo 4057, ordinal 36. En doce meses: enero a diciembre: Para el pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requiera el establecimiento 80.00 960.00 CAPITULO 390. Artículo 4058, ordinal 36. En diez meses: febrero a noviembre: Alimentación para 9 empleados, a razón de $ 70.00 mensuales cada uno 630.00 6.300.00 En dos meses: enero y diciembre: Alimentación del personal que permanece en el establecimiento durante las vacaciones. 100.00 200.00 $ 6.500.00 CAPITULO 390. Artículo 4060, ordinal 36: En diez meses: febrero a noviembre: Alimentación para 60 alumnas becadas, a razón de $ 70.00 mensuales cada una 4.200.00 42.000.00
Decreto 383 de 1960 →Vigente
Artículo 4056
, Ordinal 36
Decreto 383 de 1960 · Por el cual se distribuyen las partidas globales apropiadas para sueldos del personal, jornales a obreros, alimentación de profesores y personal administrativo, alimentación de alumnas becadas y restaurante de la Escuela-Hogar para Campesinas, de la Cumbre, en el presente año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.