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Artículo 8

División De Ventas De Servicios

Decreto 498 de 2002 · por el cual se modifica la Estructura de la Corporación de la Industria Aeronáutica colombiana, CIAC S.A., y se fijan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. División de Ventas de Servicios . Son funciones de la División de Ventas de Servicios las siguientes

1.

Asesorar a la Gerencia en materia de comercio exterior, desarrollando las actividades requeridas en el proceso de zona franca y nacionalización de mercancías de acuerdo con las normas y procedimientos vigentes establecidas por la DIAN.

2.

Manejar registros, licencias de importación y declaraciones de aduana para nacionalizar las mercancías, de acuerdo con el estatuto aduanero.

3.

Manejar operaciones de carácter comercial e industrial en zonas francas.

4.

Asesorar a la Gerencia en lo relacionado con la venta de servicios técnicos e importaciones, al igual que la adquisición de diferentes elementos para los servicios que se prestan.

5.

Elaborar pedidos de compra local y del exterior de acuerdo con instrucciones recibidas por el Gerente.

6.

Elaborar órdenes de trabajo de todos los servicios que se presten.

7.

Manejar cartas de crédito o transferencias bancarias para los pedidos al exterior.

8.

Efectuar liquidaciones estimadas de los pedidos recibidos para el correspondiente ingreso al almacén.

9.

Revisar, tramitar y coordinar con el almacén el ingreso y retiro de materiales.

10.

Tramitar la documentación para nacionalizar los elementos requeridos para los contratos.

11.

Coordinar con la Subgerencia y la División Administrativa y Financiera, lo relacionado con los contratos interadministrativos.

12.

Coordinar con las diferentes empresas transportadoras lo relacionado con los despachos del material del exterior para su liberación.

13.

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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