Micelio

Artículo 1

"para La Terminación De Puentes, Construcción, Reparación Y Reconstrucción De Otros", Adiciónase La Apropiación Del Ordinal

Decreto 636 de 1953 · Por el cual se distribuye una apropiación (ramo de Puentes)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual presupuesto de gastos del ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 118, artículo 1846 "para la terminación de puentes, construcción, reparación y reconstrucción de otros", adiciónase la apropiación del ordinal. 1) para los puentes Bolombólo, sobre el río Cauca, en la carretera Medellín-Bolivar-Quibdó; Cambao, sobre el río Magdalena, en la carretera Bogotá-Armero; y Saldaño, sobre el rio Saldaña, en la carretera Girardot-Saldaña-Neiva, en la suma de $ 7.800.00.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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