A medida que se vayan terminando las mencionadas obras de Sisga, Saldaña y Coello, el Gobierno las entregará al Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico para su administración y reembolso , mediante contrato entre el Gobierno y el Instituto, en el cual se estipule que los productos del reembolso del valor de las obras, deducidos los gastos de explotación y sostenimiento de las mismas, se destinará exclusivamente para acrecentar los recursos de que puede disponer el Gobierno para el pago de las obligaciones contraídas por concepto de la construcción de dichas obras.
Artículo 4
A Medida Que Se Vayan Terminando Las Mencionadas Obras De Sisga, Saldaña Y Coello, El Gobierno Las Entregará Al Instituto Nacional De Aprovechamiento De Aguas Y Fomento Eléctrico Para Su Administración Y Reembolso , Mediante Contrato Entre El Gobierno Y El Instituto, En El Cual Se Estipule Que Los Productos Del Reembolso Del Valor De Las Obras, Deducidos Los Gastos De Explotación Y Sostenimiento De Las Mismas, Se Destinará Exclusivamente Para Acrecentar Los Recursos De Que Puede Disponer El Gobierno Para El Pago De Las Obligaciones Contraídas Por Concepto De La Construcción De Dichas Obras
Decreto 3698 de 1949 · Por el cual se aumentan el capital del Fondo Nacional Rotatorio de Irrigación y Desecación, el de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.