Micelio

Artículo 8

Del Decreto 0328 De 1958

Decreto 1 de 1960 · Por el cual se suprimen los Tribunales de Gracia creados por Decreto número 0328 de 1958

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. La Procuraduría General de la Nación y la Procuraduría General de las Fuerzas Armadas, recibirán los procesos que se encuentren pendientes de concepto en el Tribunal de Gracia de la jurisdicción ordinaria y en el Tribunal de Gracia de la jurisdicción castrense, respectivamente, con facultades para emitir el concepto a que se refiere el inciso 2° del Artículo 8° del Decreto 0328 de 1958.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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