Atención diferencial de las comunidades confinadas. En desarrollo del marco de atención humanitaria al confinamiento se adelantará un proceso de atención diferencial con las comunidades, en relación con los componentes de atención y asistencia.
En tanto que se proveen instrumentos con enfoques diferenciales étnicos, los pueblos y comunidades indígenas, negros, afrocolombianos, raizales y palenqueros en situación de confinamiento podrán ser atendidos de conformidad con las previsiones del presente capítulo, siempre y cuando así lo permitan sus respectivas autoridades, como salvaguardia de su autonomía, ejercicio del gobierno propio y respeto a sus territorios.
TEXTO CORRESPONDIENTE A