Micelio

Artículo 19

Decreto 770 de 1982 · Por el cual se expide el Reglamento del Protocolo y Ceremonial de la Presidencia de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ofrendas florales. A. Cuando el señor Presidente de la República coloque una ofrenda floral, la ceremonia se llevará a cabo en la siguiente forma

1.

El Batallón Guardia Presidencial o una unidad militar similar, formará en calle de honor frente al monumento respectivo.

2.

El Jefe de la Casa Militar dispondrá la colocación de personal asistente de acuerdo con el orden de precedencia.

3.

La ofrenda floral se mantendrá cerca al monumento, sostenida por efectivos de la unidad militar. Cuando el Comandante de las tropas ordene "Armas al hombro" la banda interpretará una marcha y el Jefe de Estado y su comitiva avanzarán por la calle de honor hasta unos metros antes del monumento. El Comandante ordenará "Presentar armas" y se interpretará el Himno Nacional de la República de Colombia, El señor Presidente y la persona que haya designado para este acto, recibirán la ofrenda floral y procederán a su colocación regresando al sitio inicial. Después, a los acordes de una marcha, por la misma calle de honor abandonará el lugar con su comitiva. Si la ceremonia es con un Jefe de Estado extranjero, éste será acompañado por el señor Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia, el Director General del Protocolo, los edecanes civil y militar y la comitiva que designe el Jefe de Estado visitante.

4.

Si el programa incluye intervención de oradores, los discursos se pronunciarán una vez la ofrenda sea colocada al pie del monumento respectivo CAPITULO IV Actos sociales en Palacio: Los actos sociales de común ocurrencia son los banquetes, almuerzos, comidas, recepciones y cocteles. El presente capítulo contiene las normas principales que deberán observarse para su realización,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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