Micelio

Artículo 67

También Podrá Crear El Gobierno Escuelas De Pesquerías, Las Cuales Tendrán A Su Cargo La Enseñanza De Métodos De Pesca, Navegación, Reparación De Motores Y Aparejos, Conservación De Productos, Y En General Todo Lo Relacionado Con El Mejor Conocimiento, Explotación E Industrialización De La Pesca

Decreto 376 de 1957 · Por el cual se dictan normas sobre pesca en aguas colombianas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

También podrá crear el Gobierno escuelas de pesquerías, las cuales tendrán a su cargo la enseñanza de métodos de pesca, navegación, reparación de motores y aparejos, conservación de productos, y en general todo lo relacionado con el mejor conocimiento, explotación e industrialización de la pesca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 376 de 1957