Micelio

Artículo 1

Modifíquese El Literal E) Del Numeral 2 Del Artículo 3° Del Decreto Número 186 De 2004 El Cual Quedará Así: E) Pronunciarse Sobre Los Estados Financieros Presentados Por Las Entidades Bajo Su Vigilancia E Impartir Autorización Para Su Aprobación Por Las Asambleas De Asociados Y Su Posterior Publicación, Únicamente En Los Siguientes Casos: 1

Decreto 590 de 2016 · por el cual se modifica el literal e) del numeral 2 del artículo 3° del Decreto número 186 de 2004.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el literal e) del numeral 2 del artículo 3° del Decreto número 186 de 2004 el cual quedará así: e) Pronunciarse sobre los estados financieros presentados por las entidades bajo su vigilancia e impartir autorización para su aprobación por las asambleas de asociados y su posterior publicación, únicamente en los siguientes casos

1.

Cuando la Superintendencia de la Economía Solidaria les haya decretado la medida de toma de posesión, en uso de las facultades legales que le confiere el numeral 23 del artículo 36 de la Ley 454 de 1998 o hayan estado sometidas a dicha medida, en parte del respectivo ejercicio contable.

2.

Las que durante el período correspondiente a los estados financieros hayan sido objeto o hayan estado sometidas a alguna de las medidas preventivas, consagradas en el artículo 113 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero;

3.

Entidades que durante el período correspondiente a los estados financieros se les haya autorizado proceso de fusión, escisión, incorporación o transformación.

4.

Entidades respecto de las cuales la Superintendencia de la Economía Solidaria lo considere necesario, previo requerimiento para tal efecto, en consideración a circunstancias especiales que puedan afectar el desarrollo del objeto social de la cooperativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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