Micelio

Artículo 50

Las Entidades A Que Se Refiere El Artículo 39 Del Presente Decreto, Al Enviar La Relación, No Excluirán De Ella Ni Menores De 20 Años Ni Mayores De 50, La Cual Deberá Contener Los Siguientes Datos: A) Personal Colombiano Sin Definir Situación Militar

Decreto 2200 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 1ª de 1945, sobre servicio militar obligatorio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las entidades a que se refiere el artículo 39 del presente Decreto, al enviar la relación, no excluirán de ella ni menores de 20 años ni mayores de 50, la cual deberá contener los siguientes datos

a)

Personal colombiano sin definir situación militar. Nombres, edades, estado civil, empleo, fecha de ingreso, número y lugar de la expedición de la cédula de ciudadanía o de la tarjeta de identidad, renta proveniente de trabajo personal (remuneraciones mensuales o diarias) y rentas provenientes de capital propio (otras entradas que tenga el empleado u obrero, distintas del sueldo o jornal).

b)

Personal colombiano con situación militar definida. Respecto de quienes sean reservistas de 1 clase, anotar los números de series y registro de la libreta, Distrito Militar que lo incorporó y cuerpos de tropa donde sirvió. En cuanto a los reservistas de segunda clase, anotar los números de la libreta, fecha y lugar de su expedición, cantidad pagada y remuneración que devengaba el poseedor al tiempo adquirirla.

c)

Extranjeros no nacionalizados en Colombia. Nombre y apellidos, nacionalidad (de nacimiento o adoptiva), lugar y país de donde vino a Colombia, nombres y nacionalidad de sus padres, edad, estado civil, profesión y oficio, idiomas que habla, número y fecha de la expedición de la cédula de policía, renta, sueldo o jornal, tiempo de permanencia en el establecimiento o empresa, institución militar que tenga, donde la recibió y comprobantes que posea.

d)

Extranjeros nacionalizados en Colombia. Anotar, además de los puntos anteriores, el número, fecha u demás datos que figuren en la carta de naturaleza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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