Micelio

Artículo 122

Obligaciones Especiales De Los Depósitos Francos

Decreto 390 de 2016 · por el cual se establece la regulación aduanera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Obligaciones especiales de los depósitos francos . Además de las obligaciones generales previstas para los depósitos en el artículo 90 de este decreto, los titulares de los depósitos francos están en la obligación de: Utilizar un sistema de señalización o una etiqueta en el envase de los licores y bebidas alcohólicas que almacenen y expendan de acuerdo con la información establecida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Presentar un informe del movimiento de entrada y salida de las mercancías del depósito, con el contenido y en la forma establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales SECCIÓN VIII Puntos de ingreso y/o salida para la importación, exportación y/o embarque por redes, ductos o tuberías

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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