Micelio

Artículo 1

º Categorización

Decreto 2796 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto-ley 2626 del 29 de noviembre de 1994.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Categorización. Los Concejos Distritales y Municipales, determinarán mediante acuerdo y en el tercer período de sesiones de cada año, la categoría en la que se encuentra clasificado el respectivo Distrito o Municipio, según el caso, para el año siguiente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 19 del Decreto-ley 2626 de 1994 y en el presente Decreto. Para determinar la categoría, el Concejo tomará como base la certificación que sobre recursos fiscales expida la respectiva Contraloría Departamental, Distrital o Municipal según el caso, y la certificación que sobre población para el año anterior expida el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE. La recategorización de los Municipios y Distritos, se entenderá sin perjuicio de los derechos laborales ciertos, adquiridos de conformidad con la Constitución y la ley.

Parágrafo 1

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, y las Contralorías Departamentales, Distritales o Municipales según el caso, remitirán al respectivo Alcalde, la certificación de que trata el presente artículo, a más tardar el treinta (30) de mayo de cada año, para efectos de la presentación del proyecto de acuerdo correspondiente. El incumplimiento de lo dispuesto en el presente

Parágrafo

constituirá causal de mala conducta para el funcionario responsable, sancionable disciplinariamente de conformidad con la ley.

Parágrafo 2

Los Distritos o Municipios que no establezcan su categoría en las condiciones y términos señalados en este Decreto, no podrán incrementar los salarios y honorarios que requieran de dicha categorización para su fijación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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