La Inspección De La Instalación Y Del Funcionamiento De Estas Oficinas En Londres Y París Quedan Á Cargo Del Ministro De Colimba En La Respectiva Ciudad
Decreto 973 de 1907 · Sobre creación de varias oficinas de Información en el extranjero
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. La inspección de la instalación y del funcionamiento de estas Oficinas en Londres y París quedan á cargo del Ministro de Colimba en la respectiva ciudad. Para la instalación de cada Oficina con el mobiliario y útiles que le correspondan podrá invertirse hasta la suma de $400, también bajo la vigilancia del respectivo Ministró.
Parágrafo
El Cónsul de Colombia en Barcelona hará la instalación de la Oficina de Información de ésa ciudad y dará cuenta de ello á nuestro Ministro en España, á quien corresponde su inspección sin perjuicio de la vigilancia que ejerza el Agente Fiscal de la República ó el Visitador de Consulados.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.